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Nulidad eclesiástica: ¿Cuándo se puede solicitar?

Los cónyuges de los matrimonios contraídos ante la Iglesia Católica, podrán solicitar ante el Tribunal Eclesiástico la nulidad de su matrimonio canónico, siempre que acrediten debidamente las condiciones de su nulidad.

¿Sabes cuáles son las causas que hacen anulable el matrimonio canónico?